Notificaciones 5G

Notificaciones G5 para el movimiento de mercancías entre almacenes de depósito temporal: Ser OEA te ofrece ventajas

 

​A partir del 1 de diciembre de 2020 será obligatorio realizar los movimientos de mercancías entre ADTs bajo nuevos requisitos. Se establecen tres escenarios para el uso de las Notificaciones G5 y para garantizar la seguridad y que no aumente el riesgo de fraude, las autoridades enfatizaran el uso de la autorización de Operador Económico Autorizado.

Existen tres escenarios en función de la autoridad aduanera responsable de los ADTs de expedición y recepción de la mercancía.

Escenario I

  • ADT expedición: España (AEAT)
  • ADT recepción: España (AEAT)

 

Escenario II 

  • ADT expedición: España (AEAT)
  • ADT recepción: Otro EM

 

Escenario III

  • ADT expedición: Otro EM
  • ADT recepción: España (AEAT)

 

A efectos del G5 los almacenes de depósito temporal bajo responsabilidad de la autoridad aduanera española ubicados en el territorio nacional de otro Estado miembro de la UE se consideran españoles. Por tanto, el movimiento entre estos ADTs y otros ubicados en territorio español bajo responsabilidad de la autoridad aduanera española forman parte del Escenario I.

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